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O PP non quere alarmar e asegura que lotes de Panga chegaron ó mercado con axentes patóxenos

Nota de Prensa
O PP ACUSA Á CONSELLERÍA DE SANIDADE DE MENTIR POR NEGAR A EXISTENCIA DE ALERTAS ALIMENTARIAS DA UE POLO PEIXE PANGA

* José Manuel Balseiro salienta que “persoalmente” entregou ó director xeral de Saúde Pública os resultados das analíticas realizadas e A documentación da UE na que se recoñece a existencia de cinco alertas relacionadas con este peixe nos dous últimos anos

* Manuela López Besteiro recalcou que “nada máis lonxe da nosa intención crear alarma, o que queremos é que se garantice a seguridade alimentaria e que o peixe que chegue o noso mercado non conteña elementos patóxenos como os detectados por Anfaco nas súas análises”

Lugo, a 15 de outubro de 2008.- Os deputados do Partido Popular José Manuel Balseiro e Manuela López Besteiro aseguraron hoxe que “A Consellería de Sanidade minte descaradamente cando asegura que non existen alertas alimentarias da UE relacionadas co peixe panga.

“Cómo é posible que digan semellante cousa cando precisamente o pasado luns, día 13, durante a Comisión de Pesca persoalmente lle entreguei ó director xeral de Saúde Pública, Ramón Medina, copia da resposta dada a este respecto pola Unión Europea ó europarlamentario popular Daniel Varela, así coma os resultados das analíticas realizadas a varios lotes deste peixe que chegaron ó noso mercado e que contiñan axentes patóxenos como o cólera e a difteria?”, pregúntase José Manuel Balseiro. (DOCUMENTACIÓN QUE SE ADXUNTA)

Os deputados populares salientan asimesmo que a día de hoxe ningunha autoridade da Xunta de Galicia negou que nos menús escolares se estivera incluido o peixe panga. É lóxico, por tanto, que “dada a situación existente, reclamemos controis específicos e, sobre todo, que as consellerías da Xunta con responsabilidades neste asunto actúen con rigor e seriedade”.

“Non estamos a crear ningunha alarma”, recalcou Manuela López Besteiro, so pedidmos que, por precaución, se tomen as medidas axeitadas que garantan a seguridade alimentaria”.

Os deputados populares tamén amosaron a súa sopresa porque o delegado de Educación, Luis Manuel Alvarez, asegurara tan taxantemente que os menús dos centros educativos cumpren os requisitos establecidos por Sanidade, cando, ata o momento, non se puxeron en marcha medidas específicas para garantir o bo estado sanitario deste peixe.

Os populares tamén se preguntan si, segundo el asegura, se cumpren todos os requisitos establecidos, cómo é posible que a Delegación de Educación de Lugo non teña constancia dos comedores escolares nos que se está a servir este pescado. “Non serve de excusa dicir que a elección dos menús non é competencia desta consellería porque, ó fin, o control e a responsabilidade última correspondelle a Educación”.

Os deputados populares, por tanto, manteñen a súa opinición de que “por precaución” debe eliminarse dos menús que se serven nos comedores dos centros educativos, hospitais e centros de día este peixe.

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RESPUESTA OFICIAL PARLAMENTO EUROPEO ALERTAS SANITARIAS PEIXE PANGA
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P-3907/08ES

Respuesta de la Sra. Vassiliou

en nombre de la Comisión

(24.9.2008)

La UE efectúa diversos tipos de controles, entre los que se pueden citar los siguientes:

La Oficina Alimentaria y Veterinaria (OAV) de la Dirección General de la Comisión responsable de Sanidad y Consumidores (DG SANCO) lleva a cabo periódicamente misiones de auditoría y de inspección sobre el terreno para comprobar si los sistemas de control oficial puestos en marcha por las autoridades competentes de los países exportadores son capaces de aplicar unos requisitos al menos equivalentes a los de la Comunidad.

Por lo que respecta a los productos de la pesca, incluyendo las explotaciones de producción primaria de productos de la acuicultura, en las que se produce el Pangasius hypophthalmus, las inspecciones se ocupan, entre otras cosas, de la puesta en práctica de los planes de vigilancia presentados por los países relativos a los residuos, incluidos el plan de muestreo, los resultados de análisis y la calidad de los laboratorios de ensayo.

Por otra parte, la DG SANCO evalúa anualmente y aprueba, si el resultado de la evaluación es positivo, los planes de vigilancia presentados por los países exportadores relativos a los residuos. A continuación se procede a incluir al país en la lista de la Decisión 2004/432/CE de la Comisión1, en calidad de aprobado para la exportación de productos de la acuicultura.

Además, las autoridades competentes de los Estados miembros realizan controles documentales y de productos, que incluyen ensayos aleatorios de laboratorio, en los puestos de inspección fronterizos europeos, a la llegada de los envíos.

La base jurídica para los controles oficiales de la UE, tanto por parte de la Comisión como de los distintos Estados miembros, la constituyen los dos siguientes textos legislativos fundamentales:

– Reglamento (CE) nº 882/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, sobre los controles oficiales efectuados para garantizar la verificación del cumplimiento de la legislación en materia de piensos y alimentos y la normativa sobre salud animal y bienestar de los animales2;

– Reglamento (CE) nº 854/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, por el que se establecen normas específicas para la organización de controles oficiales de los productos de origen animal destinados al consumo humano3.

Los controles mencionados garantizan que las condiciones de producción (enfoque de la cadena de producción «de la granja a la mesa») y la calidad de los productos (normas microbiológicas y químicas) cumplen los requisitos comunitarios.

El principal productor de panga es Vietnam. Otros países, como China, también están desarrollando esta industria. Vietnam fue objeto de siete notificaciones en el marco del Sistema de alerta rápida para alimentos y piensos (RASFF) durante los años 2007 y 2008 y cinco de ellas estaban relacionadas con la presencia de residuos de medicamentos veterinarios en peces de la especie Pangasius. Durante el mismo periodo, China fue objeto de cincuenta y seis notificaciones en el marco del RASFF relacionadas con la contaminación con residuos de medicamentos veterinarios pero ninguna de ellas tenía que ver con peces de la especie Pangasius.

La Decisión 2002/994/CE de la Comisión4 impuso a China medidas adicionales en relación con la presencia de residuos de medicamentos veterinarios en los productos de origen animal. Para exportar determinadas categorías de productos de origen animal, incluidos los productos de la acuicultura, es necesario realizar pruebas obligatorias sobre la presencia de cloranfenicol, nitrofurano y sus metabolitos, violeta cristal y verde malaquita. Asimismo, los Estados miembros realizan ensayos aleatorios de laboratorio en los puestos de inspección fronterizos.

Este tipo de medidas no se utilizaron en el caso del Pangasius vietnamita, ya que el nivel de los problemas no lo justifica. Como ejemplo, se puede decir que en 2007 y 2008 los Estados miembros y países terceros emitieron un total de 180 notificaciones en el marco del RASFF relacionadas con la presencia de residuos de medicamentos veterinarios en alimentos de origen animal.

Una vez que se detecten sustancias prohibidas o no autorizadas en los puestos de inspección fronterizos europeos y se emita una notificación en el marco del RASFF, se intensifican los controles y se someten a prueba las diez siguientes expediciones de la misma procedencia. Esto se aplica a todas las notificaciones en el marco del RASFF, incluidas las relacionadas con la presencia de residuos en Pangasius. A raíz de las cinco notificaciones en el marco del RASFF relacionadas con la presencia de residuos de medicamentos veterinarios en peces de la especie Pangasius procedentes de Vietnam, los Estados miembros intensificaron los controles sobre el Pangasius, sometiendo a prueba las siguientes expediciones de la misma procedencia. Como consecuencia, el número de notificaciones en el marco del RASFF disminuyó y pasó de un total de cuatro en 2007 a tan solo una en marzo de 2008 hasta la fecha.

La Comisión va a seguir controlando las importaciones de panga de conformidad con la legislación, lo cual significa que se intensificarán las inspecciones en caso necesario, por lo general cuando se produzca un aumento de las notificaciones en el marco del RASFF.

Se pueden adoptar medidas de salvaguardia, como las que establece la Decisión 2002/994/CE de la Comisión en relación con China, y también se pueden incrementar los ensayos de laboratorio en los puestos de inspección fronterizos.

Asimismo, se pueden organizar inspecciones de la OAV sobre el terreno en caso necesario con objeto de examinar las condiciones de producción y control que aplican las autoridades competentes de los países exportadores.

En última instancia, si no se toman las necesarias medidas correctoras se pueden prohibir las importaciones.

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